Cristina Rodríguez Yagüe es Profesora Titular de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha. Licenciada en Derecho y Máster en Criminología por la UCLM, ha sido becaria del DAAD en la Universidad de Bayreuth (1999/2000), realizando diversas estancias de investigación en las Universidades alemanas de Freiburg (1998 y 1999) y de Heidelberg (2012 y 2013) y en Reino Unido, en la Universidad de Nottingham (2015-2018). Con tres tramos de investigación reconocidos por la CNEAI, una de sus líneas de investigación prioritaria ha sido el análisis del sistema de ejecución penal y el Derecho penitenciario. En esta materia es autora de los libros La ejecución de las penas de prisión permanente revisable y de larga duración (Tirant, 2018), y El sistema penitenciario ante el siglo XXI (Iustel, 2013), y coautora del libro Terrorismo vs. Leyes y jueces. El reconocimiento de condenas penales europeas a efectos de acumulación (Tirant lo Blanch, 2015). Ha publicado numerosos estudios sobre la prisión permanente revisable, la sobrepoblación penitenciaria y las alternativas a la prisión, la gestión penitenciaria del terrorismo, la ejecución penal de los delincuentes sexuales, el derecho a la educación en prisión, el derecho penitenciario humanitario y la gestión sanitaria de la toxicomanía, enfermedad y ancianidad en prisión, así como sobre el desarrollo de los estándares europeos del Derecho penitenciario o la jurisprudencia del TJUE sobre las condiciones de detención.
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Treinta y tres años después de su aprobación el modelo de ejecución de la pena de prisión contemplado en la Ley Orgánica General Penitenciaria permanece apenas inalterado. Sin embargo, el sistema de cumplimiento fundamentado en la individualización científica se ha ido desdibujando a través de diversas reformas del Código penal, que pretenden culminar con la anunciada en el Anteproyecto de Reforma de 2012, introduciendo subsistemas de cumplimiento excepcionales y arrinconando el principio de resocialización en beneficio de otros fines tales como la inocuización, la prevención general y la retribución. Esta crisis ideológica del sistema garantista y flexible configurado en 1979 por la LOGP se agrava por la crisis económica con sus efectos no sólo en ámbitos de personal o de infraestructuras, sino con el peligro de aparición de fórmulas de privatización ya fracasadas en el modelo de ejecución de menores infractores. Junto a estos procesos, la presente obra analiza la propia idiosincrasia de la institución penitenciaria que, fiel a sus ritmos, no sólo ha tratado de contrarrestar la incidencia de estas reformas dentro de los muros de las prisiones sino que ha activado en la última década nuevas modalidades de tratamientos penitenciarios siguiendo el mandato resocializador del artículo 25.2 de la Constitución española sobre la que teóricamente se construye el sistema.
sta monografía se adentra en el análisis del medio abierto como forma de ejecución de la pena de prisión y, a la vez, como una alternativa eficaz al cumplimiento dentro de sus muros y, con ello, al modelo clasico de prision. Aunque en el imaginario general el cumplimiento en medio abierto se identifica esencialmente con el regimen abierto (arts. 72 LOGP y 80 y ss RP), existen otras dos figuras, el principio de flexibilidad (art. 100.2 RP) y las salidas tratamentales (art. 117 RP), que comparten con aquel sus dos elementos caracterizadores: la ausencia de elementos de seguridad y la confianza depositada en la autorresponsabilidad del interno. Partiendo de los antecedentes historicos de nuestro sistema de individualizacion y de los primeros ejemplos de las prisiones abiertas, se realiza un analisis de cada una de estas tres figuras no solo desde su estudio desde la normativa penal y penitenciaria, sino tambien dando voz a la praxis, a traves de las Instrucciones de las dos Administraciones penitenciarias existentes y de una seleccion de las resoluciones de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria mas relevantes. El estudio se cierra con el analisis de tres grupos de casos que permiten abordar las particularidades que presenta su aplicacion en tres ambitos concretos: la delincuencia economica (caso Iñaki Urdangarin), la delincuencia de los politicos (caso Proces catalan) y la gestion de situaciones extraordinarias (caso crisis sanitaria del COVID-19)