La reciente reforma introducida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP) en sus artículos 43 y 44 parece haber significado un importante giro en el tratamiento de la inactividad formal de las Administraciones publicas. Es, precisamente, la valoracion de ese giro uno de los objetivos centrales de este trabaj. En el se indaga hasta que punto la LRJAP es verdaderamente innovadora. Ello ha permitido, a la vez, a su autor volver sobre sus propias ideas y matizar afirmaciones hechas en el pasado a la vista de las reflexiones que suscita la reforma. En este sentido esta obra ccontiene sugerencias claras para el futuro de la regulacion de la inactividad formal de las Administraciones publicas ante un texto, el de la nueva Ley, que ha levantado la alarma en la doctrina. La publicacion de la LRJAP ha provocado una importante reaccion doctrinal sobre la reforma en general y sobre la nueva regulacion de la inactividad formal de las Administraciones Publicas en particular. En el escaso tiempo transcurrido esta reaccion se ha expresado en un amplio elenco de obras importantes, que contribuyen a un primer desbroce de la nueva regulacion, utilizando generalmente el metodo exegetico. Obras orientadoras, valiosas como primera reflexion, que han de dejar paso, sin embargo, a una consideracion mas pausada y atenta de tan importante tematica. No basta ya la escueta consideracion del dato legal y su valoracion topica. Viene el momento del esfuerzo por la construccion sistematica que permita una mas amplia compresion de la nueva regulacion con la finalidad de comprender su logica interna, sus posibles virtualidades y tambien, naturalmente, sus deficencias para, sobre ellas, efectuar las pertinentes sugerencias.