El libro principia, tras una breve introducción y la descripción de sus antecedentes históricos, por un estudio de derecho comparado, centrado en el análisis de su regulación legal en las naciones de nuestro entorno, con especial atención a la normativa desarrollada en Alemania, Suiza y Francia. Objeto central de la obra es, lógicamente, el estudio del régimen de participación en España a través de la regulación del mismo contenida en los artículos 1411 a 1434 del Código Civil. Y es en este punto, al analizar la legislación española sobre dicha figura, donde el libro alcanza su auténtico valor, pues la relativa actualidad de este régimen económico-matrimonial hace que no sean abundantes los ensayos habidos en la materia, deteniéndose además la autora en un examen detenido y crítico que le lleva a entender como no acertada su regulación en el Derecho español, previendo que en su aplicación práctica serán más los problemas e inconvenientes que las ventajas y bondades del sistema; además de que, tal como ha sido desarrollado legislativamente, el régimen de participación no garantiza la pretendida independencia patrimonial de los cónyuges. La obra concluye con el examen de la ordenación legal del sistema de participación en Cataluña, cuyo Código de Familia acoge el mismo como una de las modalidades de regulación del régimen económico-matrimonial.
El presente trabajo aborda el estudio de un concreto supuesto de responsabilidad expresamente previsto en elCódigo Civil español, en el art. 1908.3 : los daños causados por la caída de árboles, que no había recibido mucha atención por nuestra doctrian, pese a ser un supuesto de responsabilidad con sustantividad y autonomía propia y ser una norma especial respecto a la regla general del art. 1902. El estudio contempla también la obligación impuesta al propietario del árbol de prevenir su caída, arrancándolo y retirándolo si amenaza caerse, como dispone el art.390 C.C., que siendo un límite al derecho de propiedad y de naturaleza preventiva, y no una norma de responsabilidad por el daño ya producido, sin duda, conecta con ésta si el árbol efectivamente se cae.
El juego y la apuesta es una materia que tradicionalmente ha sido objeto de regulación por el legislador desde distintos ámbitos, fundamentalmente, desde una perspectiva administrativa, pero también es un tema clasico en el panorama del Derecho civil. Concretamente, el juego y la apuesta se regulan en los arts. 1798 a 1801 del Codigo civil, preceptos que no se han modificado desde la promulgacion del Codigo, a pesar de los cambios que se han ido produciendo en la normativa administrativa y de los cambios sociales en la concepcion del juego y la apuesta y en la practica de los mismos, destacando especialmente el juego on-line.La promulgacion de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulacion del Juego y una serie de normas de desarrollo de la misma ha vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de interpretar los articulos del Codigo civil español en materia de juego y apuesta desde una perspectiva actual y tambien a abordar aquellas cuestiones de caracter juridico-privado recogidas en la nueva normativa, que conviene conocer para poder hacer una completa construccion de esta materia desde la perspectiva civil.El presente trabajo trata de dar cuenta de las dos cuestiones que en materia de juego y apuesta tienen importancia para el Derecho civil: por un lado, el contrato de juego y apuesta, incorporando en este punto las novedades introducidas por la nueva regulacion sobre el juego; por otro lado, el cumplimiento una vez producido el resultado del juego o la apuesta, esto es, las consecuencias patrimoniales, analizando el regimen del juego y la apuesta en el Codigo civil a la luz de la nueva Ley del Juego y su normativa de desarrollo y de las ultimas tendencias jurisprudenciales.Esther Algarra Prats es Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Alicante. Su actividad investigadora ha abordado distintas parcelas del Derecho civil, si bien se ha centrado fundamentalmente en Derecho de daños (con especial consideracion a la proteccion de la persona frente a las inmisiones) y en Derecho de Familia. En materia de daños, cabe destacar sus monografias La defensa juridico-civil frente a humos, olores y otras agresiones a la propiedad y a la persona y La responsabilidad civil por daños causados por la caida de arboles y otras cosas, asi como sus articulos La lucha juridica contra el ruido y el Derecho civil, Contaminacion luminica, intrusion luminica y Derecho civil y Las vecindades peligrosas. Daños causados por la explosion de maquinas y la inflamacion de sustancias explosivas. En materia de familia, puede mencionarse su monografia sobre El regimen economico matrimonial de participacion y sus articulos Reflexiones sobre la proteccion de la vivienda familiar frente a terceros y La correccion de los hijos en el Derecho español.
Desde la aprobación de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, la evolución de la medicina reproductiva y los deseos de paternidad en los nuevos model