Licenciado en Derecho por la Universidad de León (1988). Doctor en Derecho por la Universidad de León (1993). Becario de investigación M.E.C. (1989-1992). Ayudante de Derecho Penal de la Universidad de León (1992-1996). Profesor Titular de Derecho Penal de la Universidad de Vigo (1996-1999). Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de Ourense (1997-1999). Profesor Titular de Derecho Penal de la Universidad de León (1999-2003). Profesor Titular de Derecho Penal (en comisión de servicios) de la Universidad Pública de Navarra (2001-2002). Catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco (2003-2008). Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo (desde 2008). Méritos académicos: Estancias de investigación en Alemania. Docencia en Derecho Penal (Parte General, Parte Especial), Derecho Penitenciario, Criminología y Política Criminal en las Universidades de Alcalá, León, Vigo, Pública de Navarra, País Vasco y Oviedo. Docencia en tercer ciclo en dichas universidades, así como en diversas universidades españolas y latinoamericanas. Publicaciones: a) Libros: El riesgo permitido en Derecho Penal (1995); El caso de la colza (1995); La protección penal de las patentes e innovaciones tecnológicas (2001); La justificación de las leyes penales (2013). b) Además, 85 capítulos de libro en volúmenes colectivos y artículos en diversas revistas especializadas. Ha sido co-traductor al castellano de Claus Roxin: Derecho Penal. Parte General, tomo II. Ha participado o participa en 20 proyectos de investigación, financiados por la Administración central, autonómicas o provinciales. Numerosas intervenciones en congresos y jornadas científicas, nacionales e internacionales. Tutor y participante en el Programa de Cooperación Interuniversitaria España-América Latina. Miembro del Grupo de Estudios de Política Criminal, miembro del Grupo Español de la Asociación Inter...
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Teoría sobre el riesgo permitido: su concepto, naturaleza jurídica y encaje en el proceso de formación del juicio de antijuricidad de las conductas, y sobre los criterios materiales y sistemáticos del proceso de ponderacion de intereses que permite fijar el limite maximo de riesgo que no se puede superar en la realizacion de muy diversas actividades peligrosas. Aplicacion a campos concretos, como la actividad industrial, la investigacion cientifica y tecnica, la aplicacion de la energia nuclear, la medicina, la circulacion o el deporte.
La tortura ha estado constantemente presente a lo largo de la historia. Y sigue practicándose, para sorpresa de los más ingenuos y descrédito de la humanidad entera. Pocos tiempos y pocos lugares se han librado de esa lacra. Las filosofías, las políticas, las religiones le han proporcionado siempre excusa y la han presentado como medio necesario para la salvación del Estado, la liberación de los pueblos, la construcción del hombre nuevo o la persecución del pecado. De todo eso nos hablan las películas comentadas en este libro. El cine ha sabido retratar el horror y las servidumbres de torturados y torturadores. Se analizan en este libro diez películas, vistas desde distintos ángulos del pensamiento jurídico y siempre con algunas preguntas de fondo: cómo y cuánto se ha servido el derecho de la tortura y qué eficacia tiene el derecho de hoy para perseguir y erradicarla.