En la presente obra parte el autor del artículo 658, integrado en las Disposiciones Generales del Código Civil dedicadas a las sucesiones, y que traza las líneas maestras de nuestro Derecho sucesorio. Este es su contenido: "La sucesion se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento y, a falta de este, por disposicion de la ley". A partir de esta norma cabe preguntarse si el contrato puede ser un titulo sucesorio independiente y autonomo respecto del testamento y de la sucesion legal: ¿la voluntad del hombre ordenadora de la sucesion solo puede manifestarse en testamento o, por el contrario, tambien con contrato? En esta materia hay que tener muy en cuenta el parrafo segundo del articulo 1271 Cc., que de forma clara impide el llamamiento contractual. A pesar de este ultimo precepto, el autor considera necesario ahondar en el significado de estas normas, y de otras, como la del articulo 620 Cc., pues la interpretacion de las mismas no es, ni mucho menos, indubitada. Esta monografia se enfrenta al tema para intentar dejar fijados, en la medida de lo posible, los elementos fundamentales del tratamiento juridico de la sucesion contractual en nuestro Derecho. En razon de este planteamiento, el trabajo se ocupa, en primer lugar, de perfilar conceptualmente la figura del pacto sucesorio, asi como de manifestar los rasgos generales de nuestro sistema en relacion a ella. En segundo lugar, de delimitar el campo de actuacion de los negocios mortis causa y de los negocios intervivos, o, mas bien, de atender a la posibilidad de que el esquema tipico del negocio inter vivos actue a veces con una finalidad, voluntariamente querida, mas proxima al ambito propio del negocio mortis causa. Por ultimo, en tercer lugar, de exponer los casos excepcionales en que el contrato sucesorio tiene acogida en nuestro Derecho. Constituye este estudio un riguroso y oportuno acercamiento a una materia sobre la que apenas existen aportaciones doctrinales recientes, lo que contrasta con la abundancia de supuestos que se plantean en la Jurisprudencia.
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