Más allá del parentesco, existen variadas situaciones que originan derechos incontestables a las relaciones personales, comunicación, visitas, etc. A veces lo reconoce el propio legislador, cuando prohibe que puedan impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes o allegados (articulo 160.2 del Codigo civil) o cuando preve que la Entidad Publica a la que este encomendada la proteccion de los menores en situacion de desamparo regule las visitas y comunicaciones (articulo 161). Pero otras veces se encuentra tal reconocimiento de estos derechos de las personas allegadas en el convenio regulador de una crisis matrimonial, en un convenio sin existencia de crisis o, naturalmente, en una sentencia judicial.Y el origen de tales situaciones puede situarse en las segundas nupcias del viudo o del divorciado que tuvo hijos menores del anterior matrimonio cuando estos no son adoptados por el nuevo conyuge de aquel, o cuando un reconocedor de complacencia rompe la convivencia con la madre de la criatura, o cuando un menor, habiendo fallecido el progenitor custodio, queda conviviendo con quien formaba pareja con el mismo. Tambien cuando el que se creia padre y actuo como tal durante años, descubre tras la ruptura de la pareja (matrimonial o no) que el no era el padre de los hijos a quienes alimento y con quienes tenia vinculos muy estrechos (una cuestion que, por cierto, ha dado lugar a no pocas sentencias en las que se han discutido pretensiones de enriquecimiento injusto o/y de daños morales). Y tambien encontramos allegados en el transcurso de las variadas vicisitudes por las que puede atravesar la figura del acogimiento familiar.Isabel de la Iglesia comenzo su vida academica centrando su atencion en los derechos reales, y especialmente, en el derecho de superficie y derechos analogos. Desde ahi, ha tenido numerosas aportaciones en otros temas del Derecho de cosas, como son los de procedimiento registral, inmisiones, hipoteca, inmatriculacion de inmuebles o derecho moral de autor. Autora habitual de la Revista Critica de Derecho Inmobiliario, tiene tambien trabajos interesantes en el Derecho de obligaciones (retracto convencional, cooperativas, enriquecimiento injusto, pago por consignacion, lease-back) y en el de sucesiones (administracion de la herencia, interpretacion del testamento, favor testamenti), en el Derecho de la persona (proteccion del nasciturus, capacidad e incapacidad, curatela, emancipacion, nacionalidad, vecindad civil, derecho al honor y a la intimidad, transexualidad) y sobre todo, en el Derecho de familia, donde ha trabajado en temas de patria potestad, cargas del matrimonio, tutela, guarda y custodia, derecho de alimentos, filiacion, reproduccion asistida, matrimonios de complacencia, donaciones propter nuptias, pactos prenupciales, crisis matrimoniales y otras varias cuestiones.Con esta monografia acerca del allegado aporta una vision hasta ahora poco explorada sobre esta figura, mucho mas presente en las relaciones juridicas de lo que podria pensarse. Es la primera obra de la autora despues de la obtencion de la plaza de Profesora Titular de Derecho civil por la Universidad Complutense de Madrid.MARIANO YZQUIERDO TOLSADACatedratico de Derecho civilDirector de la coleccion
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