Este nuevo libro del profesor Cazorla Prieto, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Rey Juan Carlos, y Secretario General y del Consejo de Administración de Bolsas y Mercados Españoles S.A., sorprende tanto por la originalidad del enfoque con el que trata un tema de tan vivísima actualidad como es la crisis económica que nos azota, como por el estilo con el que lo aborda. En el libro Crisis económica y transformación del Estado, con un lenguaje accesible y al mismo tiempo de altura conceptual, se analizan el origen, desencadenamiento y efectos de la crisis económica, sus consecuencias ideológicas y las transformaciones que se están produciendo en el reparto del poder entre las distintas instituciones, tanto en el campo supraestatal como en el estatal. Todo ello con especial referencia a lo que está ocurriendo en España. El libro cuenta con un interesante y jugoso prólogo del maestro de juristas don Manuel Olivencia.
La expropiación forzosa ha sido, y continua siéndolo, una institución fundamental para satisfacer los intereses generales. Por ejemplo, la construcción de la mayoría de las grandes infraestructuras y obras públicas sería impensable sin tal potestad pública. Ahora bien, tal apreciación no debe ocultar el hecho de que se trata de una institución que está en crisis. Circunstancia esta suficientemente analizada por la doctrina en relación con aspectos tales como la desnaturalización de la expropiación urgente, por ofrecer un dechado. No obstante lo anterior, mediante el presente estudio se llevan a cabo una serie de reflexiones adicionales sobre algunas cuestiones que creemos que no han sido objeto de un tratamiento profundo, que se resumen en la necesidad de utilizar la expropiación forzosa únicamente cuando sea necesaria y no existan mecanismos alternativos. A tal efecto, el trabajo se divide en dos grandes partes. Una primera, dedicada a ofrecer reglas o pautas que guíen la actuación administrativa, como es la regla del balance costes-beneficios cuyo origen situamos en la doctrina del Consejo de Estado francés aunque con aplicaciones en nuestra jurisprudencia. La segunda parte analiza ejemplos normativos en los que la expropiación se configura como la "ultimo ratio" o se posibilitan alternativas a la misma, ratificando la tesis que se defiende en el estudio de un uso racional de la institución. En todo caso, se concluye con la necesidad de que se aborde de una vez por todas la reforma de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954.