1- En la obra que aquí se presenta, la autora aborda el estudio de los contratos internacionales de seguro desde la perspectiva del Derecho Internacional Privado. Como hilo conductor de la obra, se observan dos elementos principales: el concepto de materia de seguros, que hace que la autora centre su examen en los contratos en los que una de las partes es considerada debil y, por lo tanto, necesitada de proteccion, y los litigios en la Union Europea; de tal forma que expone las normas de competencia judicial internacional y de Ley aplicable contempladas para los Estados miembros en los Reglamentos comunitarios.2 - Para determinar la competencia judicial internacional, la autora estudia el Reglamento (CE) num. 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecucion de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, si bien expone tambien los matices que introducira el Reglamento (CE) num. 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecucion de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. La complejidad de los foros de competencia judicial internacional en esta materia ha hecho preciso referirse a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en lo relativo, por ejemplo, a la sumision tacita en materia de seguros o a los foros que la persona perjudicada puede emplear en la accion directa contra el asegurador del responsable.3 - Con respecto a la Ley aplicable, la autora analiza las normas del Reglamento (CE) num. 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I), que contempla un complejo regimen, que hace preciso distinguir entre los contratos que cubren grandes riesgos y el resto de contratos, para los que resulta de extrema relevancia cual es pais de localizacion del riesgo. Ello sera complementado con el analisis de las reglas aplicables a los seguros obligatorios que, como se vera, prevalecen sobre las que el Reglamento Roma I dispone, con caracter general, para los seguros que cubren grandes riesgos y para aquellos que cubren otro tipo de riesgos localizados en los Estados miembros.4 - Se atribuye a SAN AGUSTIN la afirmacion de que fe es creer en lo que no se ve; y la recompensa es ver lo que uno cree. Hace ya muchos años quiza demasiados, conoci a la autora de esta monografia, CELIA M. CAAMIÑA. Era una persona inteligente, trabajadora, eficiente y de una educacion exquisita, que queria ser profesor de Universidad. Personalmente crei en ella. Pense que reunia esas cualidades poco frecuentes que diferencian al buen profesor universitario de tantos seres mediocres, sin autentica vocacion, preparacion ni capacidad de sacrificio que esparcen su docencia para mayor confusion de los alumnos; pero me quedaba la duda de si resistiria los largos años necesarios para formar a un excelente profesor. Aun asi crei y confie en ella. No me equivoque y he tenido mi recompensa: he visto en el transcurso de estos años como de su pluma en realidad de su ordenador, puesto que somos proletarios del ordenador salian dos esplendidas monografias (Conflicto de jurisdiccion y de leyes en el trafico ilicito de bienes culturales, Madrid, Colex, 2007, y La sustraccion de menores en la Union Europea, Madrid, Colex, 2010) y una docena aproximada de solidos articulos. Con la obra que ahora tiene el lector en sus manos, la autora confirma que su productividad y calidad cientificas corren parejas a su calidad humana. Soy yo y no ella el honrado por haberme dado la oportunidad de escribir este modesto prologo para tan magnifico trabajo.
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