El Trust es la aportación más importante al Derecho universal de la cultura jurídica anglosajona, y ha demostrado ser una herramienta versátil y eficiente para la gestión y protección de patrimonios con todo tipo de finalidades. Desde su origen medieval, ha evolucionado adoptando diversas formas y estructuras en diferentes paises y jurisdicciones, con interesantes adaptaciones a la mayoria de los paises de Derecho civil. Aunque los Trusts son un elemento presente en la practica notarial española y de la mayoria de paises de nuestro entorno, el Derecho español no los regula ni reconoce, aunque permite el ejercicio parcial de muchas de sus facultades en instituciones plenamente admitidas. Ha llegado el momento de flexibilizar nuestro purismo doctrinal y jurisprudencial para acometer la gran pirueta legislativa de la creacion de un Trust "a la española", recogiendo en una sola institucion todas esas facultades legales dispersas en diferentes figuras. El claro ejemplo de Italia, cuna del Derecho romano, que lo ha aceptado por dos vias diferentes, no puede ser desaprovechado mucho tiempo mas. La incorporacion del Trust al Derecho español es una necesidad apremiante para aportar seguridad juridica a nuestra practica diaria y hacer nuestro sistema juridico mas competitivo a nivel internacional, aunque requerira una buena tecnica juridica que equilibre la flexibilidad anglosajona y la formalidad regulatoria tipica de los sistemas latino-germanicos. La elaboracion de una normativa propia no estara exenta de dificultades, entre las que sobresaldran el tratamiento fiscal del Trust, los problemas interpretativos de la doctrina y los tribunales, la identificacion de su titular y beneficiarios o la prevencion de posibles violaciones del orden publico patrimonial (legitimas, creditos, pactos comisorios). A pesar de todo, muchos juristas pensamos que existen motivos suficientes para superar nuestro viejo inmovilismo e iniciar el camino hacia la plena admision del Trust en el Derecho español. España no puede seguir siendo una isla carente de regulacion rodeada de Trusts operando legalmente en todos los paises de nuestro entorno.