Hace ya más de cien años escribía Mario Navarro Amandi que para que una ley electoral puedadecirse buena, es preciso «que tenga voto todo el que deba tenerlo, que el voto dé por resultado la ponderación exacta de las fuerzas sociales, que la elección no pertenezca a las mayorías, sino a todos los electores y que la elección no pueda falsificarse». Hoy, aunque es indudable el muy alto grado de limpieza y corrección del proceso electoral, no dejan de ser necesarios múltiples mecanismos que prevengan conductas fraudulentas, desde empadronamientos de conveniencia, hasta la presentación de candidaturas por formacionesilegales, pasando por la regularidad del voto emigrante, la cobertura informativa de los medios de comunicación públicos o las inauguraciones de obras en plena campaña electoral, sin olvidar la depuración de los errores que pueden producirse en un recuento llevado a cabo por ciudadanos no siempre conocedores de los detalles del derecho electoral. Por ello resulta más que oportuna una obra que aborda la triple vertiente de los mecanismos de control que han de impedir tal falseamiento, tanto los de naturaleza administrativa, puestos a disposición de las Juntas electorales, como los jurisdiccionales que ejercen los tribunales ordinarios y el Tribunal Constitucional.