La doctrina administrativa ha prestado en general una atención relativamente escasa a la actividad promocional o de fomento, al menos en comparación con otras formas de actuación de la Administración. Si esto es asi con caracter general, aun cuando no deban menospreciarse muy interesantes obras aisladas, especialmente en el caso de las subvenciones, la desatencion se agudiza cuando se llega a los beneficios fiscales. Obviamente, el importante peso que tiene la ley en su definicion y establecimiento no ayuda a su estudio desde una perspectiva del actuar de la Administracion. Sin embargo, la actividad de fomento a traves de incentivos fiscales constituye uno de los instrumentos mas relevantes de la actuacion administrativa. De acuerdo con los datos mas recientes, los beneficios fiscales previstos por el Estado para 2023 superaran los 45 mil millones de euros, que se elevan a casi 60 mil millones si se suman los correspondientes a las Comunidades Autonomas y los entes locales. Esto hace que hablemos de casi un 5% del PIB español. De hecho, no falta un importante sector doctrinal que promueve el recurso a la tecnica de los beneficios fiscales en detrimento de las ayudas o subvenciones como principal instrumento de fomento de actividades privadas. En este ingente gasto fiscal el Gobierno asume una posicion de gran protagonismo en su establecimiento, no solo a traves del monopolio de la presentacion del proyecto de ley de presupuestos, en el que muchas veces se concretan estas opciones, sino tambien a traves de su capacidad para vetar e impedir la tramitacion de cualquier iniciativa de la oposicion dirigida a establecerlos. A ello ha de añadirse la indudable actividad de indole administrativa que comportan las tareas de comprobacion de la efectiva concurrencia de los requisitos necesarios para disfrutarlos o incluso - menos frecuentemente - la del propio reconocimiento de la pertinencia del beneficio. Por tanto, el analisis desde dicha perspectiva administrativista no es solo posible, sino necesario y viene a rellenar un hueco en la doctrina, insisto, mucho mas atenta a la figura de la subvencion. En este sentido, esta obra aborda en primer lugar un encuadre del beneficio fiscal, explicando una serie de elementos constantes en su larga historia como tecnica de fomento, su definicion, naturaleza y utilidad practica, asi como el marco constitucional y de Derecho de la Union Europea, que determinan tanto su legitimidad como distintos requisitos para su regulacion, dada en el ultimo caso su condicion de ayuda de Estado. A continuacion, se expone una serie de condicionantes para la actuacion del Gobierno en su impulso y establecimiento, que, sin hurtarle una facultad que forma parte de su capacidad para dirigir la politica interior y exterior reconocida por el articulo 97 CE, faciliten el cumplimiento de los principios constitucionales de lo que no deja de ser un gasto fiscal. Entre ellos, se abordan la publicidad de los incentivos fiscales, la participacion de los interesados en su adopcion, asi como en el establecimiento de limites como su caracter no discriminatorio y su respeto a la libre competencia en el sector privado, e incluso su capacidad para aportar recursos privados adicionales a las politicas publicas que tratan de favorecer, mas alla de la financiacion publica indirecta que suponen. Y, por supuesto, el regimen aplicable a las actividades de gestion y control de los bene...
Ver más