Por una parte, la recientemente aprobada Ley de Economía Sostenible (Ley 2/2011, de 4 de marzo) ha modificado el régimen sancionador de la LOPD, aportando algunas novedades significativas, en especial en cuanto a la graduación de las sanciones y la introducción de la figura de apercibimiento como alternativa a la multa.
Por otra parte, las Sentencias del Tribunal Supremo de 15 de julio del pasado año anularon diversos preceptos, hasta cinco (Artículos 11, 18, 38.1 a), 38.2 y 123.2), del Reglamento de Desarrollo de la LOPD (aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre) por considerarse que, o bien establecían obligaciones, restricciones o requisitos adicionales a las establecidas en la Directiva 95/46/CE y en la LOPD, o bien se excedían de las materias reguladas en dichas normas.
Y, por último, en el ámbito autonómico se ha producido una reforma de la normativa reguladora de la Agencia Catalana de Protección de Datos (Ley 32/2010, de 1 de octubre) que ha cambiado su nombre por el de Autoridad Catalana de protección de datos para evitar la confusión de su naturaleza con el de las entidades de carácter instrumental que bajo la denominación de agencias han aparecido últimamente en el ámbito administrativo. Además, hemos aprovechado esta nueva edición para recoger la doctrina más reciente que ha ido sentando la AEPD a través de sus informes y resoluciones.