Quince años separan esta edición de su primera versión. En ese espacio de tiempo se han producido cambios insospechados en la sociedad internacional, incluida la desaparición del muro que simbolizaba una guerra fria que degradaba moralmente a la humanidad. Pero hay factores de permanencia, especialmente los relacionados con una insoportable estructura economica mundial y una cada vez mas patente jerarquizacion politica.El Derecho internacional, ayer como hoy, sigue siendo un proyecto normativo destinado a la regulacion de la sociedad internacional. Con ese objetivo ha experimentado cambios sustanciales en las funciones que tradicionalmente tenia atribuidas: cada vez mas se le exige que armonice las conductas internas e internacionales de los Estados, y debe conseguirlo mediante mecanismos rigidamente descentralizados. Basta esta tension entre fines y medios para entender la dificultad basica del Derecho internacional.Y de ahi, igualmente, su importancia: a ningun jurista debe escapar el hecho de que buena parte de las instituciones de nuestro propio Derecho es el resultado de la presion o exigencia de las normas internacionales. Y ningun jurista debe ignorar que las funciones que tiene asignadas este ordenamiento lo convierten en un sector de crecimiento y cambio rapidos y sorprendentes, pese a su apariencia de ineficacia e inaplicacion. El jurista actual, ademas, debe encontrar en el estudio del Derecho internacional un instrumento insoslayable que le pertreche para las evoluciones del futuro.
Ninguna parcela de nuestro ordenamiento puede pensarse inmune al impacto de las normas internacionales, sin duda empujadas por el fenómeno de la mundialización de todos los factores de la vida de relacion humana: comprender las instituciones internacionales y conocer como estas acaban permeabilizando las concepciones internas, es una exigencia insoslayable del jurista actual. Quien quiera saber de los antecedentes de muchas de nuestras normas, y posiblemente del futuro de sus instituciones, debe conocer el Derecho Internacional. Estas paginas, en consecuencia, han de ser entendidas no como el compendio de unas lecciones necesarias para superar una disciplina troncal en los estudios juridicos, sino como un importante peldaño en la adquisicion de los saberes que han de conformar a un solido jurista.