La adaptación a los tiempos modernos ha llevado a introducir en ¡a Ley 60/2003, de Arbitraje, diversas novedades respecto a la legislación anterior; una de ellas es la relativa a ia posibilidad de utilización de las nuevas tecnologías de ia comunicación y de la información en el procedimiento arbitrai. especialmente, en lo que se refiere a la posibilidad de acordar un convenio arbitra) en soportes eiectrónicos, la pertinencia de llevar a cabo los actos de comunicación a través de medios electrónicos, telemáticos o de otra ciase semejante, así como la factibilidad de que el laudo que dicten los arbitros conste por escrito en tales soportes. Con el fin de no permanecer ajenos a este fenómeno, el objetivo principal de esta obra radica en explorar las posibilidades prácticas de apíicar las nuevas tecnologías a¡ arbitraje, tratando de dilucidar si su empico resultará adecuado como instrumento que agilice y dote de eficacia el procedimiento arbitral, facilitando nuevos mecanismos para transmitir la información y agilizar la práctica totalidad de las distintas fases del proceso, suprimiendo con ello las barreras del espacio y del tiempo.
Los obstáculos en la obtención de una sentencia rápida y poco costosa aumentan considerablemente en los asuntos transfronterizos, llegando a resultar excesivos cuando nos hallamos ante controversias que implican cantidades pequeñas de dinero. Es por ello que en el seno de la Union Europea se ha aprobado el Reglamento (CE) nº 861/2007, por el que se regula un proceso europeo de escasa cuantia, que constituye un cauce procedimental comun para todo el territorio de la Union Europea, a traves del cual se pretende proporcionar una tutela rapida y eficaz del credito, permitiendo la obtencion inmediata de un titulo ejecutivo que facilite el cobro de este tipo de deudas en los diferentes Estados miembros. Nuestro ordenamiento juridico ha sido recientemente adaptado a este instrumento, por medio de la Ley 4/2011, de modificacion de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicacion en España de los procesos monitorio y de escasa cuantia.La presente monografia realiza un analisis comparado de las reclamaciones de escasa cuantia en Europa y en Estados Unidos, pais pionero en la regulacion de este tipo de reclamaciones. Ello garantiza al profesional un extensivo estudio de los aspectos mas importantes a tener en cuenta en este proceso, con una vision estrategica sobre la litigacion en Europa para la proteccion de las reclamaciones de escasa cuantia, tan presentes en la practica forense y no siempre resueltas desde los Tribunales. En conclusion, el proceso de escasa cuantia supone un cambio en el paradigma de la proteccion del ciudadano en España.
En los últimos años el empleo de las tecnologías de la información y de la comunicación en el proceso penal ha demostrado innumerables ventajas de orden práctico, y el sistema de videoconferencia no representa sino una de las muchas posibilidades que tales medios nos ofrecen. Nos encontramos ante un recurso extremadamente útil al servicio de la Justicia, pero que debemos emplear con las cautelas debidas. Demostrada y superada la discusión sobre la admisibilidad o no en nuestro ordenamiento jurídico de dicho instrumento tecnológico, debemos centrarnos en que su implementación sea lo más adecuada al respecto de los derechos fundamentales y garantías que exige el proceso. A todo ello, se trata de dar respuesta en esta obra. Nos hallamos ante una monografía efectuada desde la visión práctica de su autora, en síntesis con un estudio doctrinal y jurisprudencial. En definitiva, una obra de interés para los profesionales del Derecho y operadores jurídicos que anhelan no anclarse en el pasado y acomodarse a los nuevos tiempos.