Desde que en el año 1989 el legislador danés introdujera en su ordenamiento jurídico una institución nueva que formaliza las relaciones de convivencia de las parejas de personas del mismo sexo...asistimos en Europa a un proceso de diversificación de las formas jurídicas que pueden revestir las relaciones de pareja, ya sean heterosexuales y homosexuales. En Bélgica y Holanda se ha decidido, además abrir el matrimonio a las parejas homosexuales, rompiéndose así el consenso europeo respecto a una institución básica del Derecho de familia.Este fenómeno de diversificación se produce en un contexto de integración europea caracterizado por una creciente movilidad de la población. Resulta necesario, por consiguiente, plantearse qué efectos pueden producir estas instituciones fuera del ordenamiento jurídico al que pertenecen.El presente libro estudia el reconocimiento de las parejas no casadas y los matrimonios de personas del mismo sexo en los Estados miembros de la Unión Europea. Parte del planteamiento de que el objetivo de crear un espacio judicial común, así como los intereses subyacentes a estas instituciones, informan el tratamiento de las cuestiones en el Derecho internacional privado europeo.
.(El trust es la institución más característica del Derecho angloamericano. Se ha dicho de ella que es el ángel guardián de cualquier anglosajón. Se trata, sin embargo, de una institución que no tiene parangón en nuestro ordenamiento jurídico. En efecto, no existe ninguna figura que se le asemeje desde un punto de vista estructural ni que por sí sola pueda cumplir todas las funciones que en el Derecho angloamericano ejerce el trust. Esta monografía no se limita, por tanto, a describir de manera clara y concisa lo que es un trust o cuáles son sus funciones. Desde el punto de vista económico, el trust es un instrumento de administración, acumulación y distribución de riqueza que siguiendo las tendencias de mundialización de la economía, ha incrementado su presencia en aquellos países que ofrecen oportunidades para las inversiones extranjeras. Ello hace imprescindible en España un estudio como éste, que aborde cuál es el tratamiento que el Derecho y el profesional español ha de dispensar al trust angloamericano.)"
El libro que el lector tiene en sus manos se concibió durante la pandemia. En la soledad de una Facultad de Derecho reducida en aquel momento a un ordenador portátil y una conexión doméstica de Internet, el reto era sacar adelante el curso y que quienes quisieran aprender lo pudieran hacer. De ahi que se optara por elaborar unos apuntes que fueron concebidos con fines exclusivamente docentes y queson el germen de esta obra titulada Introduccion al Derecho Internacional Privado.