El principio de proporcionalidad es un instrumento básico en el sistema de garantias que ofrece el Estado Constitucional de Derecho. En el ámbito administrativo, la preponderancia del principio es aun mayor, no sólo por su carácter proteccionista frente a las injerencias de la Administración sobre los particulares, sino también por el frecuente uso que del mismo hacen nuestros Tribunales. La presente obra construye el principio de proporcionalidad como canon de control sobre la actividad administrativa, y lo hace atendiendo, sobre todo, a la práctica de la Sala Tercera de nuestro Tribunal Supremo, pero también con la vista puesta en las aportaciones que el Derecho comunitario hace, cada vez con mas frecuencia, a la construcción del principio. con un análisis exhaustivo de la jurisprudencia, la legislación y el debate doctrinal tanto nacional como europeo, esta obra constituye un pilar básico en la construcción de un instrumento clave para el buen funcionamiento del Derecho Administrativo.
El objeto de esta obra es una construcción, descriptiva y prescriptiva, del control de proporcionalidad de la actividad administrativa desarrollado por la jurisdicción contenciosa. Concretamente se analiza el control de proporcionalidad de la actividad administrativa desarrollado por la jurisdicción contenciosa y el control de proporcionalidad de la actividad discrecional de la Administración con efectos lesivos para los particulares, pues es ahí donde cabe realizar juicios sobre las medidas más adecuadas, necesarias y proporcionadas en sentido estricto. El principio de proporcionalidad sólo puede operar cuando la Administración goza de ese margen de actuación, pues el resultado de su aplicación orienta la actividad hacia la adopción de medidas menos lesivas. Si la administración no goza de alternativas, entonces se trata de una actuación reglada, desviando el control de proporcionalidad no hacia el acto reglado, sino hacia las normas de cobertura reguladoras del acto. Esta investigación se centra en el escrutinio efectuado cuando la actividad administrativa se desarrolle en ese espacio de acción discrecional, reconocido por la ley.
Durante los últimos años, el Derecho ha experimentado la aparición de nuevos instrumentos jurídicos, caracterizados por su falta de acomodo en el sistema tradicional de fuentes: los códigos de conducta, las cartas de servicios, los programas o directrices, etcetera. La irrupcion de estas tecnicas de regulacion ha sido especialmente intensa en el Derecho Administrativo, donde los poderes publicos han recurrido a ellas para ganar eficacia, transparencia y agilidad. Sin embargo, estas cualidades han ido acompañadas de otras no tan positivas, pues el nuevo universo de normas atrae serios interrogantes que afectan a la seguridad juridica, el principio de legalidad o la proteccion de derechos fundamentales. Esta obra analiza este fenomeno juridico, que cada vez con mas frecuencia se le califica con la denominacion de soft law: en efecto, se trata de un Derecho blando, suave, ductil, pero fuerte en sus efectos. Precisamente sobre este punto, las consecuencias a la hora de resolver asuntos con instrumentos de soft law, vuelca su atencion este libro. Analiza la genesis del soft law, propone una clasificacion del mismo, y termina aportando una teoria sobre los efectos juridicos de estas normas. A traves de sus paginas, se demostrara que el soft law no es solo una nueva tecnica legislativa en manos de la Administracion, s...