Hasta la Ley de Expropiación Forzosa de 1954 el sistema de daños en España se configuraba como un sistema basado en el dolo, la culpa y la negligencia grave. A partir de dicha fecha se configura como sistema de responsabilidad objetiva, diferenciándose de los del resto de los países de la Unión Europea e incluso del contenido del artículo 41.3 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales que dispone: "Toda persona tiene derecho a la reparación por la Comunidad de los daños causados por sus instituciones o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los principios generales comunes a los Derechos de los Estados miembros". El sistema, desarrollado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, está configurado de tal manera que hace inviable la vía de regreso. Como consecuencia, al no responder ni las Autoridades ni los funcionarios, responde el conjunto de los ciudadanos a través de la Hacienda pública. Se examinan, además el sistema de daños por funcionamiento normal del servicio público, teoría de la indemnización y los problemas que tal institución plantea en el Derecho español y el Derecho francés. Finalmente el autor, dados los montantes indemnizatorios que como consecuencia de la responsabilidad objetiva tiene que abonar la Hacienda social, hace una llamada a la necesidad de profundizar, al igual que ha hecho el Derecho privado, en un sistema de daños preventivo.
El libro se centra, básicamente, en la actividad de intervención en la Directiva 2006/123/CE, su incidencia en la Administración Pública española y portuguesa en el Derecho Administrativo de ambos países, así como su repercusión en la protección de los derechos de los consumidores y usuarios.Cuando se estaba elaborando la Directiva, la primera pregunta capital que surgió, fue: ¿estaba preparada la Administración pública portuguesa y la española para su aplicación?. La respuesta, prácticamente unánime, era que no. Ambas Administraciones llevaban planteándose, desde hacía tiempo, la reforma de la organización administrativa y del empleo público cara a lograr una mayor eficacia y eficiencia de las Administraciones Públicas, reformas que aun están pendientes.Los grandes esfuerzos que han realizado las Administraciones para hacer frente a este sunami se hacen con un planteamiento parcial, olvidando una visión global de la reforma orgánica de la Administración y el empleo público. Desde la óptica de la incidencia de la Directiva en el Derecho Administrativo portugués y español, cambios fundamentales se imponían en la legislación, al plantearse una nueva perspectiva de la actividad interventora de la Administración, cambios que aún no están ultimados, consecuencia de la situación económica, social y política por la que atravesamos."