El Código de Derechos Reales recoge fielmente el contenido esencial, al que cabe atribuir la condición de Derecho común en la materia.Pero además, las normas civiles emanadas de aquellas Comunidades Autonomas con competencia legislativa en este ambito, por haber dispuesto, en el pasado, de su propio Derecho civil foral o especial.La obra se completa con un exhaustivo estudio jurisprudencial de los pronunciamientos de nuestros Tribunales, que resultan de utilidad para interpretar muchos de los preceptos legales.
El presente trabajo analiza el objeto de los derechos de autor, para facilitar su delimitación respecto de los llamados derechos conexos, vecinos o afines y del derecho "sui generis", regulados en el actual texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996. En concreto, analiza lo que debe entenderse por una obra o creación original literaria, artística o científica, expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. Además del estudio relativo a los requisitos de protección de una obra del ingenio (creatividad, exteriorización formal y originalidad), se aborda el problema de su posible ilicitud, por contravenir alguna norma de nuestro ordenamiento jurídico.