La presente monografía estudia el régimen jurídico del acceso al empleo público en régimen laboral. Régimen con más sombras que Luces, incluso después de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, y basado en la jurisprudencia. El tono general crítico que impregna la obra es consecuencia de la cada día más insostenible anomia, de una jurisprudencia forzada a asumir un papel "normativo" que no le corresponde y además empeñada en sostener unas soluciones dogmáticamente poco rigurosas, y de una praxis administrativa poco respetuosa en demasiadas ocasiones con los principios constitucionales de mérito y capacidad. Dichos principios como principal contenido del derecho constitucional a acceder en condiciones de igualdad al empleo público constituyen el hilo conductor de esta investigación.
Esta obra supone un estudio sistemático de los diferentes modos de terminación jurídica de la huelga, luego de distinguir la terminación jurídica de la efectiva o sociológica. Especial atención merece la excepcional terminacion por decision gubernamental acompañada de arbitraje obligatorio. Como en casi todos los temas sindicales, interconectados donde los haya, la terminacion de la huelga se observa desde las diferentes perspectivas posibles, a saber, la del propio derecho de huelga, la de la libertad sindical, la de la negociacion colectiva y, en fin, la de los mecanismos extrajudidales de solucion de conflictos. Este trabajo no es sino una mirada mas al siempre necesitado de observacion critica derecho fundamental de huelga.
La pasada huelga general puso de manifiesto las numerosas deficiencias de la actual regulación de la huelga en los servicios esenciales. Deficiencias que son el hilo conductor de este libro.La obra del profesor Vivero contiene un estudio completo y sistemático de la regulación jurídica de la huelga en los servicios esenciales, prestando una especial atención a los aspectos más importantes y problemáticos de dicha regulación: concepto y catálogo de servicios esenciales; concepto de mantenimiento; los servicios mínimos como habitual técnica de mantenimiento de los servicios esenciales; requisitos que deben cumplir los servicios mínimos; consecuencias del cumplimiento y, sobre todo, del incumplimiento de los servicios mínimos; tutela judicial, etc.
Pensó volver a los trabajos de su vida pasada cuando sólo era un caballero más de Castilla, en cualquiera de aquellos reinos, sin tener en cuenta para nada su actual posición ni el peligro que correría si caía en desgracia a partir de entonces. Tras mucho reflexionar, optó al final por dirigir sus pasos hacia Granada. Su esposa intentó bastantes veces disuadirle de aquella atrevida determinación pero no logró conseguirlo. Abandonó el castillo de madrugada, cuando la brisa es siempre fresca aún en los días de más calor, cuando todavía es posible despertar a algunos pájaros cantores, sin armar nungún jaleo. Llevó con él su equipo militar...
El nuevo complemento para la reducción de la brecha de género, producto del Real Decreto-ley 3/2021, se ha construido sobre el mismo solar que el anterior complemento por maternidad, el artículo 60 LGSS, y se han aprovechado no pocos materiales producto de la demolicion del anterior edificio juridico, erosionados sus cimientos tras la STJUE, de 12 de diciembre de 2019. Constituye el nuevo complemento para la reduccion de la brecha de genero una accion positiva a favor de las mujeres aparentemente amparada en los articulos 9.2 CE y 157.4 TFUE. A diferencia del anterior complemento por maternidad, construido tecnicamente de espaldas al Derecho antidiscriminatorio europeo, el nuevo complemento esta deliberadamente construido en el borde mismo de dicho Derecho. Un borde tan resbaladizo que corre el nuevo complemento un riesgo no menor de caer por el mismo precipicio por el que se despeño el sustituido complemento por maternidad.La presente monografia no se limita, pues, al estudio mas o menos descriptivo del regimen juridico del complemento para la reduccion de la brecha de genero, asumiendo asimismo un acusado tono general critico. E incluye tambien el analisis del anterior complemento por maternidad, tanto su descuidado origen politico como la descripcion y la valoracion critica de su regimen juridico. El motivo por el que se dedica la primera parte de esta obra al complemento por maternidad, dejando la segunda parte para el complemento para la reduccion de la brecha de genero, es que el analisis integral, descriptivo y valorativo a la vez, del anterior complemento por maternidad constituye el mejor metodo de aproximacion al estudio del nuevo complemento, ayuno todavia de aportaciones doctrinales a la fecha de cierre de esta obra, el 8 de marzo de 2021.