El acceso a la justicia de los consumidores plantea como primer interrogante ante qué tribunal han de dirigirse para obtener respuesta a sus pretensiones. A facilitar ese acceso tienden las reglas que buscan la proximidad del organo jurisdiccional y las que limitan las clausulas de sumision. Foros y fuero, de proteccion y de ataque, han de estar inspirados por una idea comun: garantizar la tutela del consumidor.El problema de la determinacion del organo competente exige preguntarse cuando han de conocer los tribunales españoles, si el asunto corresponde a los juzgados de primera instancia o a los de lo mercantil o, en el futuro, a los de proximidad- si la demanda debe planearse ante los juzgados de una demarcacion o los de otra y con arreglo a que criterios, si a estos mismos o a otros distintos deben dirigirse las peticiones destinadas a preparar el proceso y a asegurar la efectividad de la resolucion que se dicte, y que pretensiones pueden ser decididas por medio del arbitraje de consumo.