Durante años la insuficiencia de las soluciones previstas en nuestro Ordenamiento para el tratamiento de la crisis de las empresas y, consiguientemente, para resolver las situaciones de insolvencia e iliquidez por las que aquellas atravesaban, aconsejaron que la politica legislativa no se orientara hacia la derogacion de la legislacion concursal especial. La Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, ha llevado a cabo una profunda renovacion de la obsoleta regulacion concursal española. Sin embargo, las especialidades previstas en nuestro Ordenamiento en relacion con la crisis de las compañias aseguradoras permanecen vigentes. En efecto, la Ley Concursal continua proclamando, en relacion con el concurso de entidades aseguradoras, la aplicacion prioritaria de las especialidades que para las situaciones concursales se hallan establecidas en su legislacion especifica, salvo las relativas a composicion, nombramiento y funcionamiento de la administracion concursal. La regulacion especial contenida en la LOSSP para hacer frente a la crisis conomica de las compañias de seguros se integra por una serie de medidas de saneamiento orientadas a prevenir la crisis de la entidad asi como por unas normas especiales de liquidacion de la compañia, particularmente en los casos de insolvencia de la entidad o en el concurso de la misma. La presente obra tiene por objeto el estudio de dicha regulacion especial o, mas precisamente, de las particularidades que dicho regimen presenta. Concretamente, y en lo que a la liquidacion de las compañias aseguradoras se refiere, en la medida en la que los procedimientos de liquidacion administrativa ejecutados por el Consorcio de Compensacion de Seguros constituyen autenticas alternativas a los procedimientos concursales clasicos, de modo que en muy contadas ocasiones se procede a la liquidacion judicial de aquellas entidades. Y aun en este ultimo caso, las entidades aseguradoras se hallan sometidas a un procedimiento concursal especial. El interes del tema objeto de estudio reside, ademas de en su i