La multirreincidencia y la conversión de faltas en delito: Problemas constitucionales y alternativas político-criminales La Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de "medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros", introduce en el Código penal la multirreincidencia (art. 66.5) y la conversión de faltas en delito (arts. 147.1, 234 y 244.1) con la finalidad, declarada en su propia Exposición de Motivos, de fortalecer la seguridad ciudadana frente a la delincuencia reiterada o profesionalizada. La recuperación de estas medidas, que conllevan una notable agravación de las penas, ha reabierto un debate en nuestra sociedad sobre la necesidad y eficacia de las mismas para luchar contra la recaída en el delito. Conscientes de la importancia de este problema, se dedica este trabajo a analizar esta opción, elegida por el legislador, de agravar las penas, desde el punto de vista de las garantías y principios constitucionales, y también se estudian las posibles alternativas político-criminales.
El fenómeno del fraude electrónico ha irrumpido con fuerza en los últimos años en el contexto económico actual. Aunque está lejos de la realidad imaginar una sociedad perfecta en la que el fraude no exista, sí resulta en cambio posible potenciar mecanismos que el derecho prevé o incluso formular soluciones que puedan ser implementadas para minimizar los riesgos que el fraude lleva aparejado. Por su condición de objetivos prioritarios de estos comportamientos antisociales, los principales beneficiarios de ello serán, sin duda, las entidades de crédito y sus usuarios. También el resto de la sociedad ya que, como no puede ser de otra forma, la seguridad en las transacciones y en los flujos de capital en general, repercute positivamente en el conjunto de la economía de un país. En este escenario, surge este estudio monográfico sobre fraude electrónico en el entorno bancario. Para el mismo, se ha contado con una cuidada selección de profesionales con una sólida trayectoria en sus respectivos ámbitos. Su extracción es muy diversa: unos provienen de la Universidad, otros pertenecen a la Fiscalía, a la Abogacía o son expertos en seguridad bancaria. El enfoque multidisciplinar del estudio realizado convierte a esta obra en una referencia en su campo y en texto de obligada consulta para quienes tengan que enfrentarse a las consecuencias jurídicas del fraude electrónico en cualquiera de sus facetas.
El Código Penal incluye entre los delitos contra los derechos de los trabajadores conductas que infringen normas relativas a la seguridad de éstos y comportan grave peligro para su vida, salud o integridad física (arts. 316 y 317). Lamentablemente estamos ante un tema de actualidad, con trascendencia en la medida en que la infracción de las aludidas normas da lugar a la efectiva lesión o muerte de uno o varios trabajadores. De lo dicho cabe concluir que la actualidad no deriva del hecho de la propia inobservancia de las normas sobre seguridad en el trabajo, sino de la consecuencia fatal que dicha inobservancia produce.
La decisión del legislador de recuperar el delito de corrupción de menores ha suscitado una polémica sobre la necesidad del mismo. De ahí que, el principal ,mérito de este trabajo sea adr respuesta a la cuestión de si la tipificación del delito de corrupción es necesaria para proteger al menor en el ámbito sexual o simplemente se trata de un precepto simbólico. La cuestión no es fácil de resolver pues, al no respetar en su redacción el principio de taxatividad, hay que hacer verdaderos esfuerzos de interpretación para descubrir la conducta castigada en este delito. De todo ello, en este trabajo se hace un análisis exhaustivo, especialmente dle tipo de injusto, manejando la doctrina y la jurisprudencia existente.