Sinopsis de DISCURSO PRELIMINAR AL CODIGO CIVIL FRANCES
Encuadernación: Rústica semirrígida y cubierta gris. Traducción de Ignacio Cremades Ugarte y Laura Gutiérrez-Massón. Edición de 1997. El Code Civil constituye, junto con la Declaración de los derechos del hombre, uno de los dos monumentos jurídicos de la modernidad. No radica únicamente su valor en la historicidad misma de su contenido jurídico concreto, como transacción entre el pasado y el futuro, entre la unidad y la diversidad, sino también en el código en cuanto forma en que se materializa la ideología de la codificación: rasgo distintivo entre las dos tradiciones jurídicas occidentales y común a los diferentes sistemas de la tradición civil. La postulada plenitud del contenido codificado, la proscripción de su heterointegración y la supremacía de la ley, por ejemplo, son fórmulas de compromiso entre la Política y el Derecho, de diálogo entre el poder y la libertad, de transacción entre ley y jurisprudencia, entre tradición y modernidad, revolución y restauración, que el código sustenta. El Code, un atentado también, en nombre del derecho romano, a lo que de progresivo quedaba todavía del derecho antiguo y acto final de un larguísimo proceso de consolidación de la nacionalidad francesa a costa de la diversidad, ha sido visto asimismo como sucedáneo de libertad ante la restricción definitiva de una emancipación política de consecuencias imprevisibles pero pronto intuidas. Como hijo de la autointerpretación universalista de una razón burguesa, social e históricamente condicionada, ésta sigue autocomplaciéndose en la permanente preservación de la forma que codifica no sólo ya las transformaciones numerosas y profundas de su contenido originario sino el totalmente divergente del derecho disidente. Del Discurso Preliminar de Portalis podría decirse sin incurrir en exageración que es una de las mejores definiciones de lo que es un Código Civil.