El leit motiv del presente estudio será poner de relieve cómo la interpretación de la doctrina moral católica ofrecida por la jerarquía de la Iglesia fue utilizada como argumento desde el que justificar la represión y el control ideológico, eliminando los avances sociales y normativos y silenciando la manifestación de aquellas creencias e ideas que no se sujetaran a la más rígida ortodoxia católica. Tras el necesario estudio del marco jurídico general, hemos tratado de centrar nuestro análisis en un ámbito geográfico determinado, la Comunidad Valenciana, profundizando en el estudio de aquellas manifestaciones de la libertad de creencias que quedaron lógicamente limitadas o suprimidas durante el período analizado. España y Naciones Unidas en el franquismo: la cuestión religiosa. Tolerancia, libertad de conciencia y laicidad en la configuración histórica del Estado. La influencia católica en la enseñanza. La orientación católica en la enseñanza. La depuración docente en el franquismo. Restricciones a la libertad de expresión durante el régimen franquista: panorámica general. Restricciones a la libertad de creencias durante el periodo franquista en el ámbito de la sanidad. La cuestión religiosa en el código penal desde el franquismo hasta la actualidad.
La diversidad cultural presente en la sociedad occidental actual es un hecho que conlleva manifestaciones de índole social, económica, jurídica, etc. La inclusión de culturas, etnias y religiones distintas de aquellas que tradicionalmente se han aposentado en Europa ha desvelado un debate todavia no clausurado que plantea cuestiones.En España, como en muchos otros paises europeos, carecemos de un tratamiento juridico homogeneo en el ambito de la mediacion intercultural, lo que esta generando, logicamente, problemas derivados de la falta de profesionalizacion, acreditacion y reconocimiento de este sectorLa ausencia de institucionalizacion de esta fi gura motivo, esencialmente al tercer sector, a su desarrollo mediante vias alternativas en el ambito privado. Aun asi podemos tambien destacar algunos pasos dados por la Administracion (autonomica o local) que han supuesto avances interesantes en el desarrollo de esta especialidadEn cuanto a los ambitos en los que se desenvuelve la mediacion intercultural conviene tener en cuenta que esta abarca aspectos multiples: de indole familiar, laboral, socio-juridica, socio-educativa, sanitaria, comunitaria, etc. Sin embargo, parece que los que mas impulso han obtenido tanto desde el ambito privado como desde el publico son el sanitario y el educativo.Al igual que la mediacion familiar la intercultural se esta llevando a cabo unicamente desde el ambito autonomico y esta no es la via adecuada para una realidad que requiere mayor homogeneidad que la que aporta la regulacion fragmentaria y dispersa de produccion autonomica. Es evidente que es necesario abordar, de forma inmediata y desde la legislacion estatal, la plasmacion juridica de esta realidad social, estableciendo un regimen que regule el estatuto juridico del mediador intercultural y la formacion requerida para un correcto ejercicio de esta profesion en todo el territorio nacional.