No cabe duda de que la principal razón que inspiró la promulgación de la Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, fue la necesidad de dotar de un régimen sensato a los gastos de comunidad en la propiedad horizontal. Naturalmente que la ley incidió en muchos otros aspectos, pero el punto central no fue otro que procurar paliar en la medida de lo posible las altas tasas de morosidad que existían en las comunidades de propietarios.
El vigente Plan de Estudios requiere de una formación integral del alumno dirigida a la más completa adquisición de conocimientos y a la aplicación práctica de cada unas de las disciplinas. Esta reforma metodologica, sin duda, constituye la mejor de las formulas en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El medio, es la asignatura pendiente. Siendo basico el establecimiento de un minimo de contenidos exigidos, sistematizados y ordenados, los autores han propuesto practicas de diversa indole que ayudan a conocer, analizar, razonar, expresar y disertar con razonamiento juridico, la realidad social, politica y economica, que adquiere relevancia juridica. En suma, el estudiante y estudioso, tambien el docente, acceden de manera directa a planteamientos y problematicas diversas, que ayudan a unos y otros en la tarea de comprender el derecho privado mas vinculado a la persona (el Derecho de la persona fisica, tambien de la juridica, los derechos de la personalidad), el derecho subjetivo, la relacion juridica y el negocio juridico. La obra pretende contribuir a identificar, interpretar y aplicar las fuentes juridicas a las distintas situaciones que la realidad social y las relaciones juridicas requieren, con argumentacion y fundamento juridico.