La presente obra aborda un estudio completo y exhaustivo de los beneficios fiscales dirigidos a la protección de los discapacitados en nuestro ordenamientro tributario. Se añalizan tanto las medidas directas que determinan una menor carga tributaria para los sujetos que padecen una discapacidad, como aquellas otras que cumplen una función de fomento de la contratación de dichas personas.
Este estudio constituye una aportación decisiva en el análisis de la escasa normativa comunitaria que afecta a la armonización fiscal del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.Una vez más se hace patente el protagonismo del Consejo de la Unión Europea en la armonización de la imposición directa, aunqe ello conlleva la transgresión de los principios democráticos más elementales como el de autoimposición de los tributos. La importancia de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia comunitario se manifiesta en la armonización de hecho que realiza a través de los principios de justicia tributaria que han coadyuvado a distintos cambios normativos en los Estados miembros. Sin embargo, el Tribunal de Justicia realiza, de esta forma, un papel que no le corresponde, y ello debe abocar a una mayor implicación de la Comisión en el proceso de armonización comunitario, evitando que los contribuyentes de los Estados miembros planteen en los Tribunales internos la inaplicación de las normas internas en virtud del principio de no discriminación, explicitado en la libertad de establecimiento. Además, la obra acomete el estudio de los aspectos del Impuesto de Sociedades, así como de la Ley de No Residente, que pueden ser contrarios al ordenamiento comunitario.
Prol. Ana María Pita Grandal. La presente obra aborda un estudio completo y exhaustivo de un supuesto de responsabilidad solidaria, el regulado en el art. 42.2 de la Ley General Tributaria, desde el punto de vista material, como el procedimiento de derivación de responsabilidad, así como la conexión con el Derecho sancionador tributario y, por último, penal. Los presupuestos de hecho de la responsabilidad analizados en el art. 42.2 de la LGT no habían sido objeto de un estudio particularizado, sino siempre en un contexto más amplio relacionado con el responsable. La obra no se limita a dar cuenta de la prolija normativa aplicable, sino que procura con un profuso análisis deslindar cada uno de los presupuestos de hecho a través de la escasa jurisprudencia que existe hasta el momento. Además, se aportan soluciones y propuestas a cuestiones de interés, tanto para la Administración tributaria, como para los asesores fiscales. Especial atención merecen los nuevos supuestos de responsabilidad regulados por la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, por la distorsión que introducen respecto del art. 42.2 de la LGT. Tampoco pasa desapercibido en la obra el examen que se realiza a la normativa que regula el procedimiento de derivación de la responsabilidad. En este sentido, no resulta baladí determinar cuál es el órgano encargado de declarar la responsabilidad, así como las limitaciones impuestas al responsable si decide impugnar el acto administrativo de derivación de responsabilidad. A ello, hay que sumarle una de las cuestiones que más inquietudes suscita a la doctrina y jurisprudencia respecto del instituto de la responsabilidad: la prescripción de la obligación del responsable. Otra cuestión que se plantea con trascendencia para la aplicación del art. 42.2 de la LGT es la relación con la infracción del art. 203 del mismo cuerpo normativo.