Los cambios sociales motivaron en el año 1995 una transformación de la regulación de los delitos sexuales en la legislación española que venia gestándose desde hacía décadas. La presente obra analiza el desarrollo legislativo de los originarios tipos de violación y abusos deshonestos que dieron lugar a los actuales de agresiones y abusos sexuales, completando el estudio con la nueva figura del acoso sexual. Asimismo, presente una nueva propuesta de interpretación a la luz de una visión del bien jurídico libertad sexual que lo acerca al tratamiento otorgado a la libertad genérica, relacionando los tipos contra la libertad sexual con los delitos de amenazas y coacciones a partir de los elementos comunes que presentan: los medios comisivos de la violencia y la intimidación. Las conclusiones que se obtienen pretenden, reabrir el debate acerca de la conveniencia de asumir a la libertad sexual como bien protegido por estos tipos.
Como es sabido, la aprobación del Código Penal de 1995 implicó una importante reforma para el delito de calumnia. Hasta el momento, este tipo consistía exclusivamente en la imputación falsa de un delito. La reforma incorpora una nueva modalidad: imputar un delito con temerario deprecio hacia la verdad. Este importante cambio abre el interrogante acerca de como debe interpretarse el nuevo enunciado y que comportamientos pasan a estar comprendidos en el articulo 205 CP. EL objetivo se esta obra consiste, en consecuencia, en delimitar con exactitud el nuevo campo de aplicacion del delito de calumnias. Este estudio tampoco obviara, por otra parte, la problematica de la dualidad de vias, penal y civil, para la proteccion del honor, intentando arrojar algo de luz sobre una materia por demas compleja y problematica.