ÍNDICE.1. Introducción.1.1. Más que una modificación, un nuevo recurso. 1.2. Se prevé un recurso de casación autonómica, que no se regula. 1.3. Principales novedades.2. Resoluciones recurribles. 2.1. Sentencias (art. 86 LJCA). 2.2. Autos (art. LJCA).3. El interes casacional. 3.1. Criterios orientadores (art. 88.2 LJCA). 3.2. Presunciones (art. 88.3).4. El proceso de casacion. 4.1. Preparacion (art. 89). 4.2. Admision (art. 90). 4.2.1. Auto de admision. 4.2.2. Providencia de inadmision (no motivada). 4.2.3. Auto motivado de inadmision.4.3. Interposicion (art. 92). 4.4. Contestacion y Vista (art. 92.5 y 6). 4.5. Sentencia (art. 93). 4.6. Costas.5. Lo mejor y lo peor de la nueva casacion
Primera monografía acerca del régimen jurídico de la desalación del agua marina. Es ésta una cuestión fundamental en España, pues la desalación del agua de mar puede venir a paliar, al menos en parte, el problema de la escasez de agua dulce. La autora aborda la practica totalidad de los aspectos que inciden sobre esta cuestion: propiedad del agua desalada, servicio municipal de abastecimiento de agua potable, contratos de construccion y explotacion de las desaladoras publicas y problemas medioambientales que se pueden derivar. Asimismo se examinan las normas reguladoras de la desalacion -sustancialmente las leyes de aguas estatal y de las Islas Canarias- y las implicaciones con diferentes instituciones juridicas, en especial con las deindole administrativa. Tambien se proponen los puntos que debera regular sobre esta materia la futura modificacion del reglamento del Dominio Publico Hidraulico.