La discrecionalidad administrativa tiene una manifestación de máxima intensidad en el planeamiento urbanístico de donde deriva que, aun siendo aquélla imprescindible, sus peligros para el interés público y para los administrados, presentan en este campo un acusado relieve. Asi las cosas, resulta claro que las tecnicas generales de control de la discrecionalidad, plenamente aplicables en el ambito del urbanismo, van a tener en el una extraordinaria importancia. Este es el tema que el autor, Magistrado del Tribunal Supremo, estudia precisamente en el terreno de la jurisprudencia, exponiendo los cauces que los Tribunales recorren a diario para controlar la discrecionalidad del planeamiento urbanistico. Entre otros, se examina el de la necesidad de la motivacion del plan que ha de aparecer en su Memoria con minucioso detalle: la discrecionalidad maxima del planeamiento exige insoslayablemente una motivacion tambien maxima para evitar la arbitrariedad, linea esta en la que se manifiesta la ultima jurisprudencia anulando las determinaciones urbanisticas que no estan motivadas. Y como criterio ultimo y fundamental se recoge la doctrina jurisprudencial relativa al control por los principios generales del derecho, entre los que destaca el de interdiccion de la arbitrariedad de los poderes publicos a cuya luz los Tribunales anulan las determinaciones del plan que carecen de la imprescindible racionalidad. Se comprueba asi la tremenda virtualidad practica de los principios generales que aplicados a un caso concreto proyectan sobre el mismo una solucion rigurosamente concreta: las numerosas sentencias aqui recogidas, con indicacion de los datos de hecho que contemplan, evidencian la eficacia del principio de interdiccion de la arbitrariedad en el campo del urbanismo.