Una de las disciplinas jurídicas más sensibles a los cambios sociales es, sin duda, el Derecho de daños que se ve afectado no sólo por los cambios legislativos sino también por los cambios tecnológicos y por los cambios en las sensibilidad sociales. Los cambios tecnologicos influyen en la aparicion de nuevas formas de dañar, o de nuevos bienes o facetas de la persona que las nuevas tecnologias permiten dañar de manera mas eficaz; porque un mundo cada vez mas tecnologico, con una tecnologia que cada vez maneja fuerzas mas impresionantes, es tambien, sin duda, un mundo en el que anidan mas peligros para la persona que, cuando se convierten en daños efectivos, deben ser reparados. Pero no solo los cambios tecnologicos inciden en el Derecho de daños. Tambien lo hacen los cambios en la sensibilidad social en virtud de los cuales ciertos bienes, como por ejemplo el medio ambiente, van tomando una importancia que lleva a la jurisprudencia (o al legislador) a buscar mecanismos para su defensa. Los estudios que componen este volumen son independientes unos de otros, pero tienen en comun el que responden a la sensibilidad que respecto del derecho de daños se tiene en la actualidad. En ellos podemos ver las materias que hoy dia preocupan a la doctrina y sobre las que la jurisprudencia se esta pronunciando: muchas de estas materias pueden considerarse relativamente recientes (proteccion de datos, medio ambiente, proteccion de consumidores, daños en el ambito de las relaciones familiares, daños derivados de la robotica e inteligencia artificial, etc.), otras sin poderse considerar plenamente clasicas (aunque ello, claro esta, depende de a que llamemos clasico) se vienen ya planteando desde hace algunos años pero siguen teniendo plena actualidad (v.b. la responsabilidad sanitaria, o la lesion de los bienes y derechos de la personalidad). En fin: tambien se incluyen estudios relativos a cuestiones que siendo indudablemente clasicas se ven hoy especialmente renovadas precisamente por los cambios en la sensibilidad social de nuestra epoca, como ocurre con la proteccion de los menores, la violencia de genero o los daños causados o sufridos por las personas de edad avanzada. Un ultimo grupo de cuestiones, en fin, se refieren a aspectos perennes del Derecho de daños que, siendo una rama tan dependiente de la jurisprudencia, conviene revisitar con cierta frecuencia. La suma de todos estos trabajos ofrece una radiografia fiel de las cuestiones que ocupan y preocupan a doctrina y jurisprudencia, en relacion con el Derecho de daños, en este primer cuarto del Siglo XXI.
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