Pueden los notarios españoles disolver un matrimonio en los supuestos en los que hay un elemento de extranjería? ¿Qué ley deben aplicar? ¿Derecho español o extranjero? ¿Pueden ser reconocidos en España los divorcios no judiciales obtenidos en el extranjero? Tales cuestiones evidencian que el divorcio no judicial se ha convertido en una institucion de gran interes y gran complejidad. El divorcio no judicial no solo supone la disolucion del vinculo matrimonial, sino tambien la necesidad de reestructurar las relaciones entre los conyuges (regimen economico del matrimonio, alimentos, etc.). Hoy dia la concrecion de tales aspectos se ve dificultada por la incidencia de distintos instrumentos normativos (Derecho institucional, Derecho convencional y estatal) tanto por lo que respecta a la competencia judicial internacional como en relacion con la ley aplicable y la eficacia extraterritorial de decisiones. El aplicador del Derecho se enfrenta, en efecto, a una fragmentacion de fuentes que supone un plus de dificultad, pues ha de determinar en cada caso la normativa aplicable. El objeto del presente trabajo es ofrecer una vision completa de la regulacion juridica en el Derecho internacional privado español del divorcio no judicial, lo que implica analizar los problemas de competencia internacional e interna, de ley aplicable y de eficacia extraterritorial, que presenta esta institucion en nuestro pais de forma clara y accesible, con un analisis exhaustivo de Derecho comparado y jurisprudencial, orientado a la realidad. Proporciona las claves necesarias al aplicador del Derecho, que se enfrenta a una fragmentacion de fuentes, para determinar en cada caso la normativa aplicable