La violencia de género la violencia a que se ven sometidas las mujeres por el mero hecho de serlo- es un problema que azota a nuestra sociedad y cuyo profundo arraigo en ella trae causa del hecho incuestionable de que, desde siempre, ha formado parte de los pilares fundamentales que la sustentan: asi ha encontrado cobertura y justificacion historica desde la educacion, la difusion del conocimiento, los patrones culturales, la publicidad, el cine, la literatura e incluso el Derecho. La violencia de genero ha existido siempre pero no siempre ha sido reprochable: no siempre ha sido visible como problema. Solo a partir de estas ultimas decadas, curiosamente cuando las mujeres empiezan a ser conscientes de los derechos que les asisten y comienzan a reclamarlos activamente, la violencia de genero se torna visible y se convierte en esa lacra social que el Estado no puede seguir tolerando por mas tiempo. Con la intencion de avanzar en el camino de su erradicacion, fundamentalmente a partir de los años 90 y alcanzando su maxima expresion en la conocida como Ley Integral contra la violencia de genero promulgada en 2004, entran en vigor sucesivas normas juridicas que obligan a poner en practica un complicado (por los numerosos matices que presenta) sistema de enjuiciamiento para este problema. El presente libro pretende abordar los diferentes problemas y las importantes cuestiones juridicas que presenta el enjuiciamiento de la violencia de genero hoy, en España, desde un entendimiento previo e indispensable de los propios matices que tiene esos actos violentos en si mismo considerados y desde la necesidad insoslayable de coordinarlos y armonizarlos con la respuesta que se da a los distintos tipos de violencia interpersonal desde el conjunto del ordenamiento.
La presente obra contiene un estudio detallado y minucioso de las amplísimas facultades de investigación que, en la actualidad, nuestra legislación procesal penal otorga al Ministerio Fiscal en la fase instructora del proceso. Junto a dicho estudio práctico del proceso penal, se reflexiona sobre el futuro y se avanzan propuestas de reforma que tienden a superar la actual situación contradictoria en que, desde una perspectiva funcional, ha quedado diseñado el Ministerio Fiscal: lejos de la imagen que debiera corresponderle en un sistema de instrucción judicial puro, pero sin alcanzar todavía la que le debiera corresponder en un sistema de investigación fiscal. Desde una perspectiva orgánica, se reflexiona, por último, en torno a La relación del Ministerio Fiscal con el Ejecutivo para acabar concluyendo, con propuestas concretas, que si bien debe mantener con éste una vinculación indirecta a través del nombramiento del FGE, debe garantizarse, igualmente, un importante margen de autonomía funcional a la Fiscalía.
El presente volumen pretende analizar, a traves de cuatro trabajos concretos, el cambio de paradigma que la revolución tecnológica esta provocando en el proceso. Se abordan así, por un lado, dos temas que si bien traen causa de realidades extraprocesales de gran relevancia juridica, dejan sentir su efecto en el proceso planteando cambios y reflexiones de profundo calado: uno, el valor probatorio que puede alcanzar la informacion digital obtenida por el empresario (audios, videos, correos electronicos,) en el ejercicio de su potestad de control sobre el trabajador; y otro, el impacto que van a generar en el proceso los nuevos mecanismos de protocolos computerizados de transaccion y de registro basados en tecnologia blockchain. Pero la irrupcion tecnologica afecta tambien a la propia Administracion de Justicia. Y, en ese sentido, dos estudios de los contenidos en el presente volumen profundizaran, por un lado en el uso (y la proteccion) de los datos personales en el seno del proceso; y, por otro, en la exclusion que origina la brecha digital en el acceso a la Justicia por parte de determinados colectivos ciudadanos: singularmente quienes afectados por condiciones economicas desfavorables (pobreza) y por razones edad (personas mayores) van a tener un nulo o muy limitado acceso