El procedimiento de mediación goza en Derecho comparado y Derecho internacional del mayor de los predicamentos y ha ido cobrando en España una importancia creciente en las últimas tres décadas. Sin que deban desconocerse por ello las virtudes de la via jurisdiccional como respuesta social y juridica ante los agravios y las ofensas, la mediacion ofrece como ventaja su capacidad para dar soluciones practicas, efectivas y rentables a determinados conflictos, suponiendo cada vez mas un instrumento alternativo, cuando no complementario, al proceso judicial.
Entre las características más importantes y novedosas de la reforma concursal operada en 2003, destaca, junto a la posibilidad de concentrar determinados asuntos en alguna de las Secciones de las Audiencias Provinciales, la aparición de los denominados «Juzgados de lo Mercantil», tribunales de nuevo cuño, cuyo ámbito y atribuciones recoge, una vez llevada a cabo la correspondiente modificación, la LOPJ. La obra que se presenta tiene por objeto, esencialmente, el estudio de estos nuevos tribunales de lo mercantil, y aborda el examen de sus principales características: demarcación judicial, sede, naturaleza jurídica, ámbito competencial (en materia concursal y en otras materias añadidas a ésta), sistema de provisión, entrada en funcionamiento en septiembre de 2004 y régimen transitorio. Puesto que la reforma operada se enmarca en el fenómeno de la especialización judicial, el estudio contiene un análisis detenido de este fundamento y de las consecuencias que su resultado pueda producir para el conjunto de los tribunales del orden jurisdiccional civil. Igualmente, utilizada la creación de los nuevos órganos jurisdiccionales para dar efectivo cumplimiento en España a las previsiones contenidas en varios Reglamentos del Consejo de la Unión Europea en materia de propiedad industrial, un apartado específico del trabajo se dedica al estudio de los caracteres de los nuevos tribunales de marca comunitaria.
Lo característico de esta obra es la jurisprudencia. De forma amplia y debidamente extractada y sistematizada, en relación con los correspondientes artículos de las Leyes, se recoge la doctrina jurisprudencial no sólo del Tribunal Supremo, sino también del Tribunal Constitucional y, en su caso, de las Audiencias Provinciales.