Las acciones rescatables en la sociedad cotizada constituye la primera monografía específicamente dedicada al estudio de las "acciones rescatables" tras su incorporación al ordenamiento español de sociedades anónimas por la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (LRMV). Esta nueva clase de acciones, genéticamente amortizables y de emisión reservada a las sociedades cotizadas, procede del Derecho inglés, y al menos en la configuración de la que allí es tributaria ha sido hasta hace poco desconocida por los ordenamientos continentales europeos. De acuerdo con las afirmaciones vertidas en la Exposición de Motivos de la LRMV, los datos de partida a tener en cuenta son su adscripción a un género intermedio entre la renta variable y la renta fija y su especial interés como activos que reportan una financiación eficiente que redunda además en un mayor reforzamiento de los recursos propios del emisor. Ello explica que la racionalidad económica de su emisión pueda atender las necesidades financieras de la sociedad en aquellas transiciones entre periodos inflacionarios y no inflacionarios, entre tasas de interés altas y bajas; las necesidades, en suma, de capitalización reversible a bajo coste. Nuestro mercado primario pone de manifiesto, sin embargo, que las pocas emisiones de acciones rescatables acometidas en los últimos cinco años han tratado de satisfacer otras aspiraciones legítimas de las sociedades cotizadas (como por ejemplo las de integración corporativa o las de cobertura financiera de los planes de opciones). La obra, tras constatar las no pocas incongruencias sistemáticas y conceptuales que la nueva clase de acciones genera en la tradicional conformación del tipo "sociedad anónima", se propone reconstruir su estatuto jurídico sobre la escueta base legal que suministran los nuevos artículos 92 bis y 92 ter LSA y desde el entendimiento de que la solución a los problemas de calificación y de régimen no puede calcarse sin más sobre las experiencias ajenas por cuanto los soportes positivos que las su
La complejidad de estructura y de funciones que presenta la institución determina que el autor exponga precisa y detalladamente las causas de su aparición, desarrollo y evolución, en los ordenamientos mas representativos, asi como la configuracion juridica, presupuestos y efectos. En torno a estos aspectos se van abordando cuestiones que entroncan con los grandes problemas del Derecho concursal, tradicional en el ordenamiento juridico-mercantil.Se trata de una exposicion sistematica de las cuestiones que se suscitan respecto a la reapertura de la quiebra, asunto de singular interes en el que el autor ha conjugado con rigor tanto la vertiente dogmatica como la funcion practica. La naturaleza juridica de la quiebra, su declaracion formal y efectos, constituyen otros capitulos importantes de la obra
Esta obra representa el primer estudio sistemático e integrado de la disciplina del preconcurso de acreedores tras su adaptación a la Directiva sobre Reestructuraciones e Insolvencia. Los nuevos libros segundo y tercero de la Ley Concursal tratan, practicamente en su totalidad (si excluimos el nuevo procedimiento especial de liquidacion para microempresas), del preconcurso. Podria parecer que queda confinado en el libro segundo (Del Derecho preconcursal), pero su regulacion se extiende mas alla, sobre la parte que en el libro tercero regula el procedimiento especial y los planes de continuacion, que se abordan aqui de forma conjunta y coordinada con los planes de reestructuracion. Las normas que disciplinan el preconcurso, distribuidas en dos libros formalmente separados, son en unos casos generales y en otros especiales. El libro las estudia de forma integrada, con planteamientos concretos y directos, no abstractos ni exhaustivos. La sistematica empleada busca que operador juridico pueda orientarse en el nuevo sistema, y para ello distribuye la materia en tres partes diferenciadas pero interdependientes: los presupuestos y efectos, los organos y funciones, y las soluciones del preconcurso. Se consigue asi una herramienta fundamental para quienes afrontan el reto de interpretar y aplicar un nuevo derecho.