El desarrollo tecnológico y de los medios de Comunicación de los últimos tiempos ha tenido consecuencias incalculables para el mundo de la publicidad y para la determinación de su régimen jurídico. El auge de nuevos medios on-líne -como internet- junto a los ya tradicionales -como la televisión por satélite- favorece que las campañas publicitarias sean hoy necesariamente transfronterizas y que, por lo tanto, una emisión publicitaria pueda ser captada simultáneamente en una gran vciriedad de pcáses. La conexión de la publicidad con múltiples ámbitos jurídicos (competencia desleal, propiedad intelectual e industrial, consumo, contratos...) y la intervención de una pluralidad de sujetos e intereses involucrados (competidores, consumidores, creadores, productores ... ) inciden en la concreción del Derecho aplicable a una campaña transfronteriza. Serán muchas, y de origen diverso, las normas que entren en juego para regular la publicidad transfronteriza, así como los principios y reglas que se deban satisfacer.
La presente obra ofrece un estudio detallado de la regulación actual de los contratos internacionales de transporte marítimo, caracterizada por una pluralidad de textos convencionales: unos sustantivos pretendidamente uniformes (Haya-Visby-Hamburgo), otro conflictual (Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales). El amplio juego de la autonomía de la voluntad y la normativa imperativa no sólo influyen decisivamente en dicha regulación sino que, además, le otorgan uan originalidad no comparable a otros sectores del comercio internacional.
En nuestros días, una de las materias que ha experimentado una mayor transformación en relación a los postulados clásicos, es derecho de garantías reales mobiliarias. Hoy, junto al derecho real de prenda regulado por el Código Civil coexiste una compleja tipología de prendas. Aquí tienen cabida la prenda sin desplazamiento, las prendas de dinero y de crédito, las prendas de acciones y de carteras de valores o las prendas flotantes. Pero también existen otras garantías, como el derecho de retención-con las singularidades del derecho civil catalán, que lo concibe como un derecho real de realización de valor-, la hipoteca mobiliaria, el leasing mobiliario, la transferencia de la propiedad en garantía o la prohibición de disponer como garantía en las ventas a plazos de bienes muebles. Este libro tiene como punto de partida el Congreso celebrado en Barcelona los días 29 y 30 de septiembre de 2005. Se estudiaron las garantías financieras a partir de la aprobación de la Directiva 47/2002, sobre acuerdos de garantía financiera y su transposición a los diferentes sistemas nacionales, el convenio de Cape Town sobre garantías mobiliarias, su posición en los procedimientos concursales, su problemática registral, las cuestiones de derecho internacional privado en el caso de garantías internacionales o los modelos que han adoptado los países de civil y common law desde la perspectiva del derecho comparado. Por último, es un texto necesario para conocer las estructuras subyacentes en los sistemas de garantías de los estados europeos, que se enfrentan, hoy, a la necesidad de armonizar las legislaciones sobre garantías para responder satisfactoriamente a las necesidades del tráfico jurídico. La prenda en el derecho francés. La prenda de créditos. Prenda de acciones y prenda de cartera de valores. Prenda sin desplazamiento e hipoteca mobiliaria. La solución registral del problema de las garantías reales mobiliarias. El derecho de retención. Garantías reales mobiliarias. Las garantías
Los cambios -sociales, políticos y económicos- acaecidos en nuestro entorno, junto a nuestra mayor movilidad transfronteriza, han desembocado en un incremento y complejidad de los conflictos de índole familiar que reclaman, más que nunca, una solución uniforme, tanto a una escala europea como internacional. Los litigios interestatales sobre custodia y visita de menores han aumentado (como el número de rupturas de parejas formadas por sujetos con nacionalidad y/o residencia en diversos Estados), así como las personas que reclaman un interés sobre el menor, más allá de sus progenitores (familiares, nuevas parejas de los padres...). Con el fin de simplificar estos litigios y dentro de la aspiración por consolidar un espacio judicial europeo, el legislador comunitario ha elaborado el Reglamento 2201/2003 con el fin de unificar las normas sobre competencia judicial y reconocimiento y/o ejecución de decisiones dictadas en la Unión Europea sobre la, hoy llamada, «responsabilidad parental». Se espera, así, frenar el número de sustracciones ilícitas de menores con un régimen que prevé, incluso, la eliminación del exequátur en determinadas decisiones sobre la visita y el regreso de los menores tras este tipo de actos. Pero fuera del espacio europeo, el operador jurídico nacional deberá manejar una pluralidad de textos de origen internacional e interno para regular los litigios extracomunitarios en que se vea envuelta la protección del menor. Todo un reto, habida cuenta de las disparidades legislativas y culturales existentes en esta materia, tanto a un nivel europeo como internacional. La presente monografía responde a dicho reto y a la pretensión de facilitar la solución de conflictos intra y extracomunitarios sobre la custodia, visita y otras instituciones de protección del menor.