Hasta dónde llegan los límites del objeto de la propiedad intelectual? ¿Puede la propiedad intelectual amparar bajo su manto cualesquiera creaciones artísticas que revistan originalidad suficiente? El presente trabajo no pretende realizar un analisis exhaustivo del objeto de la propiedad intelectual, sino unicamente poner de relieve la existencia de nuevos casos que, por determinadas circunstancias, revelan la elasticidad con la que los organos jurisdiccionales interpretan el articulo 10 de nuestro TRLPI y los articulos similares existentes en la normativa de los paises de nuestra esfera cultural. Los supuestos examinados: puentes, parques, jardines, perfumes, senderos y embalajes que, obviamente, no agotan el elenco de casos cuestionables, han sido seleccionados por el interes que esta planteando su encaje dentro del objeto de la propiedad intelectual y por haber despertado amplio debate no solo entre los juristas, sino, sobre todo, en los ciudadanos que disfrutan cotidianamente de dichas obras ajenos a las controversias que se ciernen sobre las mismas. Este trabajo trata, en definitiva, de plantear interrogantes sobre el objeto, sobre que debe ser protegible, sobre como el arte quiere acercarse al Derecho para obtener el cobijo del monopolio normativo y, finalmente, como dichas cuestiones tienen reflejo en la esfera judicial española y de los paises de nuestro entorno. Los autores, Luis A. Anguita Villanueva y Hector S. Ayllon Santiago, son profesionales dedicados al mundo del Derecho de la cultura desde hace años, tanto en materia de propiedad intelectual como de patrimonio historico y artistico. En la actualidad, Luis A. Anguita es profesor en la Universidad Complutense de Madrid y Hector S. Ayllon es abogado de Artistas Interpretes, Sociedad de Gestion (AISGE). Son autores de diversas monografias y articulos en esta materia y han impartido conferencias al respecto en España, Francia, Estados Unidos, Japon, China, Finlandia, Bulgaria y Rumania.
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