La suficiencia financiera que los municipios tienen reconocida por la Constitución puede venir por un aumento de la participación en los tributos del Estado. No obstante, el primer paso para este fortalecimiento debe llegar, lógicamente, a través de un perfeccionamiento de su sistema tributario. De sus tributos propios, como dice la Ley Fundamental. La Ley de Haciendas Locales de 1988 debe ser reformada o sustituida por una norma de nueva planta que aproveche la experiencia de los últimos 20 años y ordene mejor y de manera más actual y justa las distintas figuras tributarias. De manera principal, sus tres grandes Impuestos: Bienes Inmuebles, Actividades Económicas e Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.