La Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia ha supuesto un impulso fundamental en el desarrollo de las instituciones propias que ya había iniciado la Ley 4/1995, de 24 de mayo. La nueva regulación, especialmente en el ámbito del derecho sucesorio, se muestra compleja y de no fácil interpretación en el momento de su aplicación. Estos comentarios tienen como finalidad afrontar una exégesis de la Ley que más allá de reflexiones eruditas o dogmáticas ofrezcan un instrumento útil a quien desde un punto de vista real tenga que aplicarla. Para su elaboración se ha contado con la colaboración de profesores universitarios, magistrados, abogados, notarios y registradores de la propiedad, todos ellos con acreditada experiencia profesional en el ámbito del derecho civil gallego.
EL DERECHO DE FAMILIA ANTE LA CRISIS ECONÓMICALa liquidación de la sociedad legal de ganancialesRecoge aspectos tratados en el 17ª encuentro de la AEAFA, Asociación Española de Abogados de Familia, organizada en torno a las ponencias:1 .- Controversias sobre adjudicaciones y pago de deudas en la liquidacion de la sociedad legal de gananciales: aspectos sustantivos del articulo 810 de la LEC. -- D. Angel Luis Rebolledo Varela. Catedratico de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Santiago de Compostela.2 .- Nulidad y rescision del convenio regulador y de la liquidacion de la sociedad legal de gananciales. -- D. Jose Luis Seoane Spiegelberg.Presidente de la Audiencia Provincial de A Coruña.3 .- Liquidacion de la sociedad legal de gananciales; supuestos especiales y referencia a la empresa familiar. -- D. Fernando Valdes Solis-Cecchini. Presidente de la seccion 4ª de la Audiencia Provincial de Bilbao.4 .- El derecho de uso del domicilio familiar y su incidencia en la liquidacion de la sociedad de gananciales y en la guarda y custodia compartida. -- Dña. Cucha Lopez-Brea Martinez Abogada del ICA
Es objeto del presente estudio el análisis de los problemas que en la liquidación de la sociedad de gananciales presentan las empresas, sociedades mercantiles, y, en general, las consecuencias patrimoniales de las actividades economicas que los conyuges han desarrollado durante la vigencia del regimen economico. Entre otras cuestiones, se analiza la naturaleza de las empresas individuales; concesiones administrativas; cuando una actividad es mercantil o profesional y sus consecuencias; la titularidad de las acciones y participaciones sociales; los incrementos patrimoniales y aumento de valor en empresas o sociedades privativas por empleo de fondos gananciales o beneficios no repartidos destinados a reservas; las retribuciones, prestaciones y percepciones economicas (bonus, stockoptions, retribucion variable); las deudas derivadas de las actividades mercantiles; los derechos de adjudicacion preferente sobre la empresa, acciones o participaciones sociales, etc.