El lector que se acerque a este Manual de Derecho Eclesiástico encontrará una amplia gama de temas en los que se despliega la dimensión jurídica de la religión: los cauces de relación con el Estado, las garantías de la profesión en libertad, la enseñanza, el matrimonio, los medios de comunicación, etc. El origen de esas regulaciones sectoriales donde el ámbito religioso tiene un tratamiento singular es, o debe ser, el derecho de libertad religiosa, tal y como se proclama en nuestra Constitución. Aun siendo cierta tal afirmación, tampoco hay que olvidar que nuestro pasado histórico y la posición de fuerza de la Iglesia católica han condicionado la utilización de instrumentos de relación, o la continuidad de situaciones ventajosas para aquélla, que cristalizan en pautas e instituciones del pasado. El conjunto normativo que deriva de esta realidad no puede ocultar ciertas contradicciones respecto a la fuente constitucional.La cualidad de Manual del libro conlleva la preocupación de sus autores por la claridad en la exposición, a fin de hacerlo un instrumento útil para la docencia universitaria. Pero ello no va en detrimento del interés que puede tener para toda persona sensible a los problemas que plantea hoy el tratamiento jurídico de la religión y de los titulares del derecho de libertad religiosa en España, sean éstos individuos o confesiones.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado 9788434015111
Esta obra describe y analiza todas las fuentes que utilizó el profesor Scaduto para la elaboración de La prolusion panormitana, punto de arranque, según el autor, de la concepción moderna del Derecho Eclesiástico. Esta edición critica, o estudio de arqueología jurídica como lo define el autor, se ha divido en tres partes: Una primera introductoria y dedicada a los agradecimientos, a la historia de la cátedra de Derecho Canónico de la Universidad de Palermo y a los datos biográficos de Scaduto. En la segunda, la esencial, identifica los datos citados por Scaduto, resume el contenido de las disposiciones legislativas o administrativas, así como las obras que aparecen mencionadas. La tercera parte va destinada a descubrir en qué modo utiliza Scaduto la expresión Derecho Eclesiástico, pues no en vano la finalidad última de La prolusion panormitana es fijar su concepto. Se cierra el volumen incluyendo, en anexo, una reproducción de La prolusion y, aunque hubiera facilitado su lectura el transcribirla, tiene su valor el comprobar cuales son las erratas del texto, los errores en la numeración de las notas, etc.